Panamá: Proteger el
derecho a la
privacidad de plantas y animales
Amás de una persona
en Panamá se le ha ocurrido que para publicar informaciones sobre
enfermedades es preciso contar con el certificado de un médico,
un veterinario o un botánico.
Así se deduce del anteproyecto
de Código Penal elaborado por una comisión presidencial integrada
por los abogados José Juan Ceballos, Ana Belfon y Luis Carlos
Cabezas.
Quienes han leído los
términos de la propuesta creen que, además de ser ridícula, atenta
contra la libertad de expresión, al intentar intimidar a los periodistas
panameños y propiciar la autocensura.
Según el artículo 199,
divulgar aspectos de cualquier cosa que se mueve puede enviar
al autor con sus huesos a la cárcel. Así reza: "el que difunda
noticias o rumores falsos sobre enfermedad en las personas, los
animales o las plantas será sancionado con prisión de uno a dos
años o su equivalente en días-multa o arresto de fines de semana.
Si la noticia o los rumores falsos perjudican la producción pecuaria,
agrícola o forestal del país, la pena será aumentada al doble."
Hace una década, durante
la crisis política que culminó con la invasión de Estados Unidos,
el gobierno cerró La Prensa y otros diarios, y en algunos
períodos los sometió a la censura previa. A través de distintos
mecanismos, se trató de ejercer y se ejerció un control sobre
los medios. En aquella época, un proyecto similar, prácticamente
pretendió ponerle fin a las caricaturas que se refieran a los
gobernantes, civiles y militares.
Hoy en día, con el
grado de desarrollo y conciencia logrado por el periodismo panameño,
es remota la posibilidad de que exabruptos como el del artículo
199 del anteproyecto del Código Penal sean aprobados en el Parlamento
o lleguen a ser aplicados. Según los conocedores, esta parece
una grotesca jugada típica de un persistente sentimiento autoritario
que existe dentro del sistema gubernamental panameño. Se trata
de un fantasma que ronda todas las administraciones públicas.
A los autores de este
artículo del Código Penal que parece extraído de un libro
de fantasíano les faltan argumentos. Ellos son los magistrados
previsores de aquello que, aunque sea en broma, puede atentar
contra la economía nacional o el crédito público. Desconocen sobre
la corriente universal en favor de la libertad de expresión como
derecho fundamental, y piensan que la prensa es el diablo. Por
suerte es un anteproyecto, pero proyectan sancionar con prisión
de 18 meses a tres años (o su equivalente en multas) a quien divulgue
noticias falsas, exageradas o tendenciosas, o propague rumores
que pongan en peligro la economía nacional. A quien revele secretos
políticos, diplomáticos o militares, referentes a la seguridad
del Estado, se le piensa condenar con prisión de dos a cuatro
años. ¿Quién será el juez que condenará a quién por un asunto
tan subjetivo?
Si de absurdo se trata,
he aquí otra perla del anteproyecto: se sancionará de uno a tres
años a quien ofenda o ultraje en público al Presidente de la República
o a los vicepresidentes. ¿Quién determinará qué es una ofensa
y cómo se mide su impacto?
Los legisladores deben
comenzar a debatir este documento a partir de septiembre próximo.
Muchos de ellos son políticos veteranos, curtidos por los permanentes
problemas políticos y sociales de Panamá. A pesar de algunas excepciones,
en el Parlamento se respira tolerancia y sentido común. Los legisladores,
en su mayoría, son hábiles y astutos, e identifican a distancia
el exabrupto.
(Rafael
Candanedo es subdirector del diario El Universal, de
Panamá.)